USTEA EMPRENDERÁ ACCIONES LEGALES SI SE VULNERAN EL DERECHO A HUELGA DE LOS/AS DOCENTES Y LOS DERECHOS DE LAS FAMILIAS Y EL ALUMNADO RESPECTO A LAS PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO Y ESCALA.
El sindicato Ustea-Cádiz ha tenido constancia en visita a centros y numerosas llamadas que han llegado a sus sedes de que algunos inspectores de la Delegación están cometiendo irregularidades manifiestas en sus actuaciones de supervisión de las pruebas de diagnóstico y ESCALA relacionadas con los paros parciales convocados legalmente en tiempo y forma por este sindicato junto a CCOO y CGT para los días 6, 7 y 8 de mayo, 14, 15 y 16 en Jerez, y para el 10 de mayo en Rota.
Nos llegan testimonios recurrentes, algunos de miembros de equipos directivos de la provincia, de que inspectores de esta delegación, incluido su propio Jefe de Servicio están animando abiertamente, incluso dando orden (siempre de forma oral), de organizar los centros esos días de forma que se establezcan los mecanismos necesarios para poder sustituir a los trabajadores/as docentes que ejerzan su derecho a la huelga en lo que podría considerarse como un claro intento de boicotear los paros y vulnerar así un derecho fundamentalamparado por la Constitución (art.28.2) como es el derecho a huelga.
1. Ante las reiteradas órdenes dadas por ustedes de que se debe sustituir a los docentes que secunden los paros les recordamos que:
Además del RD-Ley 17/1977, numerosas sentencias del Tribunal Constitucional y del Supremo confirman la entidad del derecho a huelga y la absoluta ilegalidad de dificultarlo.
Sobre la sustitución del personal en huelga, resultan clarificadoras dos sentencias del Tribunal Constitucional: la STC 123/1992 y la STC 033/2011.
Estas sentencias sientan jurisprudencia acerca de la ilegalidad de sustituir a un/a huelguista por empleados/as externos/as e internos/as de la empresa, si no son servicios mínimos legalmente notificados por escrito. Nos consta que, una vez más, la Consejería de Educación no ha negociado ni decretado servicio mínimo alguno para estos paros.
Así pues las sentencias citadas hacen referencia clara a que:
"la sustitución del trabajo que debían desempeñar los huelguistas por parte de quien en situaciones ordinarias no tiene asignadas tales funciones, anula o aminora la presión ejercida legítimamente por los huelguistas a través de la paralización del trabajo"
"ni el empresario puede imponer a los trabajadores no huelguistas la realización de tareas que corresponden a los que secundaron la convocatoria, ni los trabajadores que libremente decidieron no secundarla pueden sustituir el trabajo de sus compañeros"
"los jefes y directivos (...), en virtud de su libertad de trabajo, podían decidir no secundarla, pero tales derechos no les facultaban para realizar o tolerar actuaciones dirigidas a neutralizar y vaciar el ejercicio concreto del derecho de huelga" (STC 033/2011)
Asimismo la STC 123/1992 acaba por "considerar ilícita la medida de sustitución de los trabajadores en huelga por quienes no la secundaron"
El ejercicio del derecho de Huelga goza de protección en las infracciones laborales (Art.8.10 de la LISOS) y en el ámbito penal (Art. 315 del CP). Por ello, cualquier actuación que suponga limitar o impedir sus efectos, entenderemos que incurrirá en una absoluta ilegalidad, por lo que se cursará denuncia ante la Inspección de Trabajo o se optará por la vía jurisdiccional correspondiente para depurar las responsabilidades a que hubiere lugar de carácter disciplinario, civil o penal.
2. Ante las recurrentes órdenes dadas acerca de la posibilidad de nombrar suplentes para vigilar las pruebas de diagnóstico o ESCALA en cualquier momento y de cualquier forma con la intención clara de romper la huelga, les recordamos que:
Ni las instrucciones para la aplicación de las Pruebas de diagnóstico ni las de las Pruebas ESCALA, que ustedes tienen la obligación de hacer cumplir, establecen la posibilidad de nombrar suplentes para aplicar las pruebas sólo para corregirlas después de su aplicación. De producirse tal sustitución in situ el mismo día y a la misma hora en que comienzan las pruebas y habiéndose declarado en huelga el aplicador, no tendremos más remedio que sospechar que se está vulnerando el derecho a huelga del compañero/a, un derecho constitucional muy superior en el ordenamiento jurídico a las instrucciones de aplicación de las pruebas elaborados por la AGAEVE.
El equipo directivo no tiene atribuida por la legislación vigente en términos de pruebas de evaluación externa la competencia de nombrar directamente a profesores/as para pasar las pruebas in situ.
El profesorado designado para aplicar las pruebas debe ser nombrado por el Departamento o por el Equipo de segundo ciclo en el caso de las pruebas de diagnóstico y por el Equipo directivo, oído el Equipo de primer ciclo, en el caso de las pruebas ESCALA.
El/La director/a sólo tiene atribuida la competencia de nombrar al Departamento/s que se encargue de aplicar las pruebas en el caso de secundaria, oído el ETCP.
3. Ante las repetidas consignas dadas acerca del no reconocimiento del derecho de madres y padres a eximir a sus hijos de realizar las pruebas:
Ni la LODE, ni la LOE, ni la LEA, ni el Decreto 230/2007, ni el Decreto 231/2007, hacen mención alguna a la obligatoriedad de realizar estas pruebas por parte de los alumnos y alumnas EN NINGÚN CASO.
En términos de obligaciones, las únicas atribuidas a los alumnos/as y a los/as padres y madres respecto a los contenidos que se imparten en los centros y sus actividades son, como ustedes bien sabrán:
Para el alumno/a: El estudio constituye el deber fundamental del alumnado. Este deber se concreta en la obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad y participar en lasactividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado; respetar los horarios del centro y el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.
Para las familias: Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase. Así como proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.
Las pruebas de diagnóstico y ESCALA son actividades claramente extracurriculares. Si comparáramos su naturaleza, en cuanto a las obligaciones que atribuye a los miembros de la comunidad escolar con algún tipo actividad del centro, serían lo más parecido a nuestro entender a una actividad complementaria pero con la particularidad de que ni pasa por Consejo Escolar ni está en el plan de centro.
Según la ORDEN de 14 de julio de 1998 (arts. 2.1 y 2.2) sobre actividades complementarias:
1. Se consideran actividades complementarias las organizadas por los Centros durante el horario escolar, de acuerdo con su Proyecto Curricular, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan.
2. Teniendo en cuenta que estas actividades se realizan dentro del horario escolar, el Centro deberá arbitrar las medidas necesarias para atender educativamente al alumnado que no participe en ellas.
Por tanto, entendemos que ignorar la exención de la realización de las pruebas solicitado expresamente por madres y padres por escrito en los centros, supone una vulneración de los derechos del alumnado y de sus madres, padres y tutores/as legales.
3. Ante las amenazas, las irregularidades o las órdenes que contravienen lo que marca la Ley, este sindicato emprenderá las medidas legales que tiene a su alcance para denunciar toda actividad que desde equipos directivos, inspectores o la propia Delegación se desplieguen con la intención de vulnerar derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa.
De la misma forma las asambleas de la Marea Verde han organizado un dispositivo para denunciar dichas irregularidades en los centros como pueden comprobar en el blog:escuelagaditanaenlucha@gmail.com.
Como no es la primera vez que las organizaciones sindicales avisamos de estas cuestiones, anunciamos nuestra determinación a emprender, sin más dilación, las medidas oportunas en cuanto tengamos constancia de alguna de las irregularidades arriba descritas se cometan a partir del lunes en los centros de nuestra provincia.
Y para que quede constancia, firma la presente en Cádiz, a 3 de mayo de 2.013.
USTEA considera totalmente desproporcionadas y abusivas las tasas por derecho a examen que la consejería de educación pretende cobrar a los opositores andaluces. Ante la próxima convocatoria de oposiciones, la Consejería de Educación ha establecido que las tasas por derecho a examen serán de 70’45. Se trata de la cantidad mayor con diferencia que tendrán que pagar los opositores andaluces en comparación a los opositores de otros territorios. La Administración pretende hacer caja con un colectivo que ya de por sí está en una situación vulnerable laboral y económicamente hablando. Además, en Andalucía todo el profesorado interino del cuerpo para el que se convoca proceso selectivo, está obligado a participar. Por otro lado ha ignorado las peticiones de las organizaciones sindicales, referidas a tener en cuenta la coyuntura económica de crisis para rebajar este precio y equipararlo al de otras comunidades, ni siquiera esta Administración se ha planteado bonificaciones o descuentos en función de las circunstancias personales: familias numerosas, exención a parados, etc. Nos preocupa que se repita la situación del año pasado con un gran colectivo que se matriculó, pagó y no ha resuelto el proceso de oposición. USTEA se pregunta cuándo se va a resolver esta situación.
Los día 24 y 25 de abril, miércoles y jueves, de 11:30 A 14:00 horas, el sindicato USTEA mantendrá un punto informativo-crítico en la puerta de la delegación provincial de educación, en la calle Duque de Ahumada 2, acompañada de una “II Pepinada Popular”, en la que se repartirá pepinos a los opositores que vayan a la delegación a entregar su solicitud a la convocatoria de oposiciones, con el mensaje : “¡A la Consejería le importas un pepino!.¡No a las tasas abusivas. No a esta sistema injusto!. ¡No a esta reducida Oferta de Empleo Público!”
LA CONTRATACIÓN DE LA EMPRESA STI, SL, DEPOSITARIA DEL CONTRATO PARA LA GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE COLEGIOS DE INFANTIL Y PRIMARIA DE CÁDIZ Y CÓRDOBA ES ILEGAL SEGÚN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
UN ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANDER (ADJUNTA) DEMUESTRA QUE LA EMPRESA HERMANOS ALONSO GARRÁN, MATRIZ DE SERVICIOS TERRITORIALES INTEGRADOS SL, TIENE PENDIENTE UN EMBARGO DE LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR IMPAGO DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE MADRID Y POR TANTO SEGÚN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO ESTÁ INCURSA EN PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR. Este sindicato lo ha puesto en conocimiento del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejeria de Educación de la Junta de Andalucía para que obre en consecuencia.
Entendemos que a única forma de actuar es la rescisión inmediata del contrato con esta empresa fraudulenta, que no paga a sus trabajadoras y que no cumple con sus obligaciones, a pesar de haber cobrado puntualmente por parte de la administración pública.
Entendemos, asimismo, que procede emprender acciones legales contra esta empresa y depurar responsabilidades ya que quienes hasta ahora han pagado caro la mala gestión del conflicto han sido las trabajadoras, las que tienen que asumir cortes de luz, de teléfono, comisiones bancarias por descubiertos, etc.
EL SINDICATO USTEA SOLICITA LA INMEDIATA RESCISIÓN DEL CONTRATO CON DICHA EMPRESA
La empresa madrileña STI (Hermanos Alonso Garrán) vuelve a incumplir con el pago a las trabajadoras y trabajadores administrativos de colegios de infantil y primaria de Cádiz y Córdoba.
A pesar de que cobraron la factura del mes de febrero el pasado lunes 18, la empresa no ha pagado las nóminas y ha desaparecido del mapa, no atendiendo ni al teléfono ni a los emails.
Servicios Centrales del ISE, Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos responsable del servicio subcontratado, tampoco parece dispuesto a informar a este sindicato y a las trabajadoras sobre las actuaciones que pretende emprender para conseguir que la empresa cumpla con sus escasos compromisos ni para interesarse por el destino de las cantidades ingresadas a la empresa desde la caja pública.
Si había alguna duda sobre la insolvencia de la empresa STI, ésta se ha disipado definitivamente. Ni son solventes, ni responsables, ni cumplen con ninguna de las obligaciones que les exige el pliego que firmaron para hacerse cargo del servicio: pago de nóminas, cuotas a la Seguridad Social, Hacienda, sustitución de trabajadoras que están de baja, ni la más mínima coordinación de las trabajadoras y trabajadores del servicio.
STI es un agujero negro que coge el dinero y desaparece. No sabemos si la fraudulenta empresa está aprovechando para tapar sus agujeros financieros a costa de los recortados presupuestos andaluces.
Sin embargo y a pesar de que el ISE aseguró a este sindicato que rescindiría el contrato con esta empresa dados los evidentes incumplimientos graves del Pliego, lo cierto es que, como no encuentran otra empresa dispuesta a cobrar tan poco por el servicio 8 € por hora y trabajador/a de los cuales éstos solo ven 5 €; trasladan el problema al eslabón más débil de la cadena: las doscientas trabajadoras y trabajadores de STI que trabajan en los colegios de infantil y primaria de Cádiz y Córdoba.
Es por ello que EXIGIMOS:
La inmediata rescisión del contrato con STI, el inicio de acciones legales contra dicha empresa y la apertura de un nuevo concurso público para encontrar una empresa con la seriedad suficiente como para emular al menos la mitad del sentido de la responsabilidad que demuestran las trabajadoras y trabajadores de STI cuando siguen acudiendo a su puesto de trabajo sin cobrar sus ya miserables sueldos día tras días, mes tras mes.
Concentración viernes 22 de febrero de 2.013 a las 11:00 frente a la DelegaciónProvincial de Educación en Plaza Mina
NOTA DE PRENSA
L@S ADMINISTRATIV@S SUBCONTRATAD@S DE 139 CENTROS EDUCATIVOS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ Y OTROS TANTOS DE LA DE CÓRDOBA SIGUEN SIN COBRAR
ENTREGARÁN EL PRÓXIMO VIERNES 22 DE FEBRERO EN LA DELEGACIÓN DE EDUCACIÓN MÁS DE 3000 FIRMAS DE APOYO A SUS REIVINDICACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE LA PROVINCIA
L@S TRABAJADOR@S RECIBIERON TAMBIÉN EL APOYO UNÁNIME DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO DE LA PROVINCIA (resolución adjunta), DEL MOVIMIENTO DE ASAMBLEAS MAREA VERDE A NIVEL ANDALUZ Y DE SUS EQUIPOS DIRECTIVOS
L@S TRABAJADOR@S NO DESCARTAN UNA HUELGA EN MARZO COINCIDIENDO CON EL PERIODO DE MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO
EL ISE DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RECONOCE LA INSOLVENCIA DE LA EMPRESA STI Y SU INCAPACIDAD PARA ENCONTRAR OTRA EMPRESA QUE SE HAGA CARGO DEL SERVICIO CON UN CONTRATO TAN BAJO (8€/hora)
L@s trabajador@s de la empresa STI (Sistemas Territoriales Integrados, SL) empresa subcontratada por el ISE de la Consejería de Educación para llevar la administración de centros de infantil y primaria en Cádiz y Córdoba, no han cobrado a día 20 de febrero la nómina completa de diciembre y la de enero. El sindicato USTEA denuncia tanto la situación de impagos en que esta empresa está incurriendo desde que ganó el concurso en noviembre pasado como otros incumplimientos reiterados del convenio de aplicación en el sector por parte de dicha empresa y de todas las que hasta ahora han desarrollado este servicio.
USTEA denuncia las precarias condiciones de nuestras administrativas:
Sueldos de miseria. Por cada 8 €/h que el ISE le paga a la empresa l@s trabajador@s perciben la ínfima cantidad de 5 €/h.
Cobran sólo los días trabajados. Descontándoseles los días festivos y las vacaciones.
Impagos, retrasos e irregularidad en las nóminas.
Contratos fraudulentos. L@s trabajador@s tienen un contrato por obras y servicios cuando resulta obvio que la administración de los centros es una tarea fundamental en la vida de los mismos y no una obra o servicio por tiempo determinado.
USTEA denuncia a la empresa, por los incumplimientos, los impagos y porque no ha demostrado solvencia suficiente para hacerse cargo de este servicio. Denuncia también a STI por abandonar literalmente a sus trabajador@s y el servicio. La empresa pretende coordinar a l@s trabajador@s desde Madrid, lo cual demuestra una clara cesión ilegal de trabajadores.
USTEA denuncia al ISE de la Consejería de Educación por desentenderse de l@s trabajador@s a las que subcontrata y llevan adelante desde hace años este servicio fundamental para mantener abiertos los centros (expedientes, notas, matriculaciones, organización del centro en su sentido más literal). Lo denuncia por precarizar el servicio y el trabajo, así como por engordar los bolsillos de empresas fraudulentas que no pagan a sus trabajador@s ni cumplen la ley, sólo por hacer la oferta más baja en el concurso.
El sindicato USTEA CÁDIZ ante la agresión ocurrida en un centro de Barbate a una profesora de la enseñanza pública, quiere, en primer lugar, apoyar a la profesora por la situación emocional que le ha generado este hecho de agresión personal en su espacio de trabajo, asimismo manifiesta su apoyo al Claustro y a la Comunidad Educativa.